En 2026 la cuota de autónomos es el 31,5 % de la base que elijas dentro de tu tramo, y tu tramo sale de los rendimientos netos del año divididos entre 12, no de lo que factures cada mes. Puedes cambiar la base hasta 6 veces al año, y cotizar siempre por la mínima da una pensión más baja.
Desde que la cuota depende de los ingresos reales, conviene elegir la base de cotización con cuidado, en lugar de marcar la mínima por costumbre. Tus obligaciones fiscales y las de la Seguridad Social están conectadas: lo que declaras en el IRPF acaba fijando cuánto debías cotizar.
1. Cuánto es la cuota en 2026 y cómo se calcula
La cuota mensual es el 31,5 % de la base de cotización que elijas dentro del tramo que te corresponda según tus rendimientos netos. Para saber tu tramo no basta con mirar lo que facturas: hay que seguir cuatro pasos.
- Ingresos del año, sin IVA.
- Menos los gastos deducibles de la actividad (compras, alquiler del local, software, suministros), sin restar la propia cuota de autónomos. Los gastos que admite Hacienda están en la guía de gastos deducibles.
- Menos la deducción genérica del 7 % (3 % si eres autónomo societario).
- Entre 12 meses. El resultado es tu rendimiento neto mensual, que te coloca en uno de los 15 tramos.
Dentro de tu tramo, la normativa fija una base mínima y una máxima. Tú decides cuál comunicar a la Seguridad Social, y sobre esa base se aplica el 31,5 %.
Tabla de tramos de 2026
| Tramo | Rendimientos netos al mes | Base mínima | Base máxima | Cuota con base mínima |
|---|---|---|---|---|
| 1 | Hasta 670 € | 653,59 € | 718,94 € | 205,88 € |
| 2 | 670 – 900 € | 718,95 € | 900,00 € | 226,47 € |
| 3 | 900 – 1.166,70 € | 849,67 € | 1.166,70 € | 267,65 € |
| 4 | 1.166,70 – 1.300 € | 950,98 € | 1.300,00 € | 299,56 € |
| 5 | 1.300 – 1.500 € | 960,78 € | 1.500,00 € | 302,65 € |
| 6 | 1.500 – 1.700 € | 960,78 € | 1.700,00 € | 302,65 € |
| 7 | 1.700 – 1.850 € | 1.143,79 € | 1.850,00 € | 360,29 € |
| 8 | 1.850 – 2.030 € | 1.209,15 € | 2.030,00 € | 380,88 € |
| 9 | 2.030 – 2.330 € | 1.274,51 € | 2.330,00 € | 401,47 € |
| 10 | 2.330 – 2.760 € | 1.356,21 € | 2.760,00 € | 427,21 € |
| 11 | 2.760 – 3.190 € | 1.437,91 € | 3.190,00 € | 452,94 € |
| 12 | 3.190 – 3.620 € | 1.519,61 € | 3.620,00 € | 478,68 € |
| 13 | 3.620 – 4.050 € | 1.601,31 € | 4.050,00 € | 504,41 € |
| 14 | 4.050 – 6.000 € | 1.732,03 € | 5.101,20 € | 545,59 € |
| 15 | Más de 6.000 € | 1.928,10 € | 5.101,20 € | 607,35 € |
Las cuotas de 2026 repiten la tabla de 2025. Lo único que cambia es el MEI, que sube del 0,8 % al 0,9 %. Antes de fijar tu base, contrástala con el simulador oficial de la Seguridad Social.
2. Qué cubre la cuota mensual
La cuota funciona como un seguro público: cubre la asistencia sanitaria, las bajas, la protección por cese de actividad y tu futura pensión. En 2026, el 31,5 % se reparte así:
- Contingencias comunes (28,3 %). Es el grueso. Financia la sanidad, las bajas por enfermedad común o accidente no laboral, las prestaciones por nacimiento y cuidado de menor y tu futura pensión de jubilación, viudedad y orfandad.
- Contingencias profesionales (1,3 %). Cubren accidentes de trabajo, incluidos los de camino al trabajo, y enfermedades profesionales.
- Cese de actividad (0,9 %). Es el equivalente al paro del asalariado: una prestación temporal si cierras el negocio por causas justificadas, como pérdidas superiores al 10 % o retirada de licencias.
- MEI (0,9 %). El Mecanismo de Equidad Intergeneracional se cobra desde 2023 y va al Fondo de Reserva de las pensiones, no a tus coberturas personales.
- Formación profesional (0,1 %). Da derecho a formación continua subvencionada.
3. Cómo afecta tu base a la jubilación
La pensión se calcula con tus bases de cotización de los últimos años, no con tus impuestos ni con lo que facturas. Estos son los puntos principales:
- Edad. En 2026 la edad ordinaria es de 66 años y 10 meses, o 65 si acreditas 38 años y 3 meses cotizados.
- Años cotizados. Con 15 años cobras el 50 % de la base reguladora (el mínimo, con al menos dos años dentro de los últimos quince). Para llegar al 100 % hacen falta más de 36 años, y la cifra sube cada año.
- Base reguladora. Sale de las bases de cotización de la última etapa laboral. Si cotizaste casi siempre por la base mínima, la pensión resultante será baja aunque tengas una carrera larga.
¿Compensa cotizar por más de la base mínima?
Elegir una base mayor te deja menos liquidez cada mes, pero sube tu pensión futura y la prestación por baja. Es una decisión que conviene revisar cada año. Un ejemplo con rendimientos de 2.000 € al mes (tramo 8):
| Aspecto | Base mínima (1.209,15 €) | Base máxima (2.030 €) |
|---|---|---|
| Cuota mensual | 380,88 € | 639,45 € |
| Prestación por baja (75 % de la base) | 906,86 € al mes | 1.522,50 € al mes |
| Efecto en la pensión | Moderado | Mayor |
La diferencia de cuota es de unos 260 € al mes. A partir del día 21 de baja cobras el 75 % de tu base; del día 4 al 20, el 60 %.
Y la cuota es un gasto 100 % deducible en el modelo 130 y en la Renta, de modo que una cuota mayor reduce el rendimiento sobre el que tributas.
4. Cómo y cuándo cambiar la base
Puedes modificar la base hasta 6 veces al año en Import@ss. El objetivo es que, al cerrar el ejercicio, tus cotizaciones coincidan con tus rendimientos reales y no haya sorpresas. Según cuándo lo pidas, el cambio empieza en una fecha u otra:
| Solicitud entre | Efectos desde |
|---|---|
| 1 de enero y 28 de febrero | 1 de marzo |
| 1 de marzo y 30 de abril | 1 de mayo |
| 1 de mayo y 30 de junio | 1 de julio |
| 1 de julio y 31 de agosto | 1 de septiembre |
| 1 de septiembre y 31 de octubre | 1 de noviembre |
| 1 de noviembre y 31 de diciembre | 1 de enero del año siguiente |
La regularización anual
Al año siguiente, tras la campaña de la Renta, la Agencia Tributaria envía tus rendimientos definitivos a la Tesorería y esta calcula tu cuota real. Si cotizaste de menos, te notificará la diferencia y la pagas dentro del plazo que te den, sin recargo. Si cotizaste de más, te devuelve el exceso de oficio. Con ingresos muy irregulares, como los del autónomo de temporada, conviene revisar la base cada pocos meses.
En Pedraseca ajustamos tu base de cotización a los rendimientos que vas a tener y estimamos tu pensión futura, como puedes ver en lo que cubre la tarifa. Las alegaciones ante regularizaciones de la Tesorería no están incluidas.
5. Errores frecuentes
- Dejar la base mínima durante años sin pensar en la jubilación.
- Estimar los ingresos a la baja y llevarse una regularización a pagar.
- No revisar la base cuando el negocio cambia durante el año.
- Restar la cuota de autónomos al calcular los rendimientos para el tramo.
- Confundir la deducción del 7 % de la cotización con el 5 % de gastos de difícil justificación del IRPF.
Si acabas de empezar, tienes también la guía para darte de alta y pedir la tarifa plana, y las ayudas a la cuota en Baleares están en la guía de ayudas para autónomos.
