gestoría Online para Autónomos
Pedraseca nació con la idea de ofrecer un servicio contable a la última; aprovechar toda la tecnología disponible y ponerla a nuestro servicio y al de nuestros clientes. Todo ello sin renunciar al trato personal de los gestores de toda la vida.
El resultado es una asesoría que combina lo bueno del modelo tradicional con lo mejor del modelo online.
Queremos que sea fácil
Tú envías la documentación. Nosotros contabilizamos, presentamos los impuestos, te avisamos de cambios y nuevas normativas. No puede ser más simple.
No tendrás que subir la documentación con miles de botones que actualizan cada mes, ni aprender a presentar los impuestos (o confiar en que esa plataforma online lo haga correctamente).
Ofrecemos lo que te ofrecían hace 15 años. Una gestoría de verdad.

Especializados en autónomos
Somos una gestoría de autónomos para autónomos. Especializarnos nos ofrece la posibilidad de ser mejores en esto. Asesorar no es fácil, y las asesorías generalistas terminan por no conocer a fondo ningún campo.
Os conocemos y sabemos acerca de vuestras necesidades e intentamos adelantarnos a ellas. ¿Vuestra gestoría os pregunta por la jubilación? ¿Os informa sobre cómo optimizar la cotización? ¿Revisasteis alguna vez el extracto bancario juntos para detectar gastos no deducidos?

Y aún hay algo más
Trabajar con nosotros es fácil y es bueno. Pero si de algo estamos orgullosos es del «cómo».
No queremos complicarte la vida, y por eso no verás cómo trabajamos, todas las herramientas que usamos, el esfuerzo en mejorar lo uno y lo otro. Pero sí verás los resultados, asesoramiento de verdad, datos útiles, recursos siempre disponibles.
Y ante todo verás una asesoría flexible, que se adapta a tus necesidades y a tus limitaciones.

Tecnología a nuestro servicio
Somos todos lo contrario a una asesoría online, excepto por no poder estrecharte la mano.
Pedraseca somos tres asesores -tres autónomos- que nos hemos asociado para dar un servicio tradicional con la tecnología moderna.
Pedraseca no es una plataforma online que diga tener decenas de miles de usuarios, que te conteste con un chatbot ni que esté liderada por ChatGPT y cuatro informáticos que jamás vieron un autónomo de carne y hueso.

La irrupción de la Inteligéncia Artificial ha cambiado muchas cosas pero no todas. Hacemos uso de ella porque la optimización en el proceso de datos que ofrece es irrechazable. Pero no es un buen asesor. La utilizamos para lo que se le da bién, pero para asesorar usamos nuestra experiencia.
Artículos y notícias
F.A.Q.
Preguntas frecuentes sobre fiscalidad de autónomos. Respuestas breves.
Sí, en general el IVA soportado puede deducirse cuando se recibe la factura y se cumplen los requisitos legales, aunque todavía no se haya pagado, salvo que se tribute en el régimen especial del criterio de caja.
No. La normativa no obliga a disponer de una cuenta separada, aunque resulta muy recomendable para facilitar la gestión contable y justificar los movimientos ante la Administración.
No. Pueden conservarse en formato electrónico siempre que se garantice su autenticidad, integridad y legibilidad durante el plazo legal de conservación.
Sí. Como regla general, las facturas deben expedirse antes del día 16 del mes siguiente a aquel en que se haya producido la operación cuando el destinatario sea empresario o profesional.
Debe corregirse mediante una factura rectificativa. No es recomendable modificar o eliminar una factura ya emitida.
No. Para que un gasto sea deducible, la factura debe estar correctamente emitida a nombre del autónomo
Sí. La normativa permite utilizar distintas series de facturación cuando exista una razón que lo justifique, siempre manteniendo una numeración correlativa dentro de cada serie.
Sí. Puedes desarrollar tu actividad con un nombre comercial, aunque las facturas deberán cumplir los requisitos de identificación establecidos por la normativa.
Sí. Las facturas pueden emitirse en moneda extranjera, aunque el IVA deberá reflejarse también en euros cuando sea exigible.
Entre otros, debe incluir la identificación del emisor y del destinatario cuando proceda, la fecha, el número de factura, la descripción de la operación y los impuestos aplicables.
Sí. Es habitual reiniciar la numeración cada año, siempre manteniendo una secuencia correlativa.
No. Si es necesario corregir el contenido, debe emitirse una factura rectificativa.
Sí. Un autónomo puede desarrollar varias actividades económicas, siempre que estén correctamente comunicadas a la Administración.
La numeración de las facturas debe ser única y correlativa. Si se produce un error, conviene corregirlo cuanto antes para mantener la trazabilidad.
Puedes solicitarla. Si la operación debía documentarse mediante factura, el proveedor tiene la obligación de expedirla.
Para poder deducirlo debe acreditarse su afectación a la actividad económica, total o parcial, conforme a la normativa aplicable.
Los bienes destinados a la actividad con una vida útil superior al año normalmente no se deducen de una sola vez, sino mediante amortizaciones a lo largo de varios ejercicios.
Significa que la operación queda fuera del ámbito de aplicación del impuesto, lo que es distinto de una operación exenta.
Las operaciones exentas están dentro del ámbito del IVA, pero la ley las libera del impuesto. Las no sujetas, en cambio, no generan IVA porque no entran en el hecho imponible.
Es un mecanismo por el que la obligación de declarar el IVA recae en el destinatario de la operación en los supuestos previstos por la ley.
Permite realizar determinadas operaciones entre empresas de la Unión Europea aplicando el tratamiento fiscal previsto para las operaciones intracomunitarias.
La factura rectificativa corrige errores de una factura anterior. La factura sustitutiva desapareció como figura en la normativa de facturación vigente.
Sí. Con carácter general, dispone de un plazo de cuatro años para comprobar y, en su caso, regularizar las obligaciones tributarias.
Con carácter general, el IVA se declara cuando se realiza la operación, con independencia de cuándo se cobre la factura. Existen regímenes especiales, como el criterio de caja, que funcionan de forma diferente.
Verifactu es un sistema previsto en la normativa de facturación que permite generar registros de facturación con determinados requisitos técnicos y, de forma voluntaria, remitirlos a la Agencia Tributaria en el momento de emitir la factura.
No. Son obligaciones diferentes. Verifactu regula el funcionamiento de los programas de facturación, mientras que la factura electrónica afecta al formato y al intercambio de facturas entre empresas y profesionales.
La normativa establece nuevos requisitos para los sistemas informáticos de facturación. La obligación dependerá del tipo de contribuyente y de la forma en que emita sus facturas.
La respuesta no es sencilla ni rotunda; dependerá del caso, pero en general sí.
El fabricante o proveedor del programa debe adaptar la aplicación a los requisitos legales e informar sobre su cumplimiento.
Si no hay novedades, los autónomos que utilicen un sistema informático de facturación deberán adaptarse a los requisitos de Verifactu a partir del 1 de julio de 2027. Esto implica utilizar un programa de facturación que cumpla las exigencias técnicas establecidas por la normativa para garantizar la integridad, trazabilidad e inalterabilidad de las facturas.


